El real decreto desarrolla la Ley Orgánica 2/2006 regulando el Bachillerato como una enseñanza de dos cursos (con posibilidad de cursarlo hasta cuatro años en régimen ordinario) cuyo objetivo es profundizar la formación general, promover la madurez personal y social, facilitar el acceso a la vida activa y a la educación superior, y preparar competencias en tres modalidades (Artes; Ciencias y Tecnología; Humanidades y Ciencias Sociales) organizadas en materias comunes, de modalidad y optativas; fija enseñanzas mínimas y un currículo estatal que las comunidades autónomas deben integrar (ocupando, por regla general, el 65% del horario), concede autonomía pedagógica a los centros para desarrollar el currículo, regula objetivos, contenidos, criterios de evaluación y horarios (anexos I y II), establece evaluación continua, promoción, titulación (título de Bachiller tras superar todas las materias) y procedimientos de movilidad y documentos oficiales de evaluación; prevé adaptaciones para adultos, alumnado con altas capacidades y necesidades educativas especiales, flexibiliza la repetición del primer curso, regula convalidaciones y reconocimientos con formación profesional, artes plásticas y enseñanzas de música y danza, incorpora materias comunes (Ciencias para el mundo contemporáneo, Lengua, Lengua extranjera, Historia, Filosofía, Educación física, etc.) y una amplia oferta de materias de modalidad con sus objetivos y criterios de evaluación (por ejemplo, en Artes, Ciencias, Humanidades), obliga a promover hábitos de lectura, uso de TIC y actividades de investigación, regula la impartición parcial en lenguas extranjeras y la enseñanza de la religión con efectos académicos específicos, y contiene disposiciones transitorias sobre implantación y horarios; fue aprobado tras consulta a las comunidades autónomas y a los órganos consultivos correspondientes. NO ES UNA NUEVA LEY; SE TRATA DE UN REAL DECRETO QUE DESARROLLA LA LEY ORGÁNICA 2/2006 Y MODIFICA/DEROGA VARIAS NORMAS ANTERIORES: entre otras, los Reales Decretos 1700/1991 y 1178/1992 (y sus modificaciones, p. ej. RD 3474/2000), 2438/1994, 1344/1991, 1345/1991, 1179/1992 (y sus modificaciones RD 1390/1995, RD 937/2001, RD 938/2001), los Reales Decretos de 2004 (RD 115/2004, 116/2004, 117/2004) y la Orden de 30 de octubre de 1992; posteriormente fue DEROGADO PARCIALMENTE POR EL REAL DECRETO 1105/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, Y DEROGADO EN SU TOTALIDAD POR EL REAL DECRETO 562/2017, DE 2 DE JUNIO.
BOE-A-2007-19184