Resumen de norma

BOE-A-2007-10487

Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Este texto regula las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño integrándolas en ciclos formativos análogos a la Formación Profesional, con títulos oficiales de Técnico (grado medio) y Técnico Superior (grado superior) válidos en todo el territorio nacional; establece su organización modular (módulos formativos, módulo de obra final en grado medio y módulo de proyecto integrado en grado superior), la inclusión obligatoria de una fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, y las enseñanzas mínimas que deben cubrir competencias artísticas, técnicas y tecnológicas, orientación e inserción laboral, prevención de riesgos, protección ambiental y accesibilidad (“diseño para todos”). Define las condiciones de acceso y admisión (requisitos académicos, pruebas específicas y exenciones por titulaciones o por experiencia laboral), regula la evaluación continua y la promoción por módulos, los documentos para la movilidad (expediente, certificación académica e informe de evaluación), los procedimientos de convalidación y exención de módulos y la doble vía de reconocimiento con otras enseñanzas (Formación Profesional, enseñanzas artísticas superiores y universitarias) según corresponda; además promueve la formación a lo largo de la vida mediante cursos de especialización, garantiza la igualdad de oportunidades y la accesibilidad para el alumnado con discapacidad, y establece que el Gobierno, previa consulta con las Comunidades Autónomas y los órganos consultivos, fijará las titulaciones y los aspectos básicos del currículo, la carga lectiva y las condiciones docentes; la norma deroga disposiciones anteriores y entra en vigor tras su publicación en el BOE. NO ES UNA NUEVA LEY: DESARROLLA Y REGULA LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGÁNICA 2/2006, INCORPORA PREVISIONES DE LA LEY 51/2003, DEROGA LA ORDEN DE 16 DE FEBRERO DE 1996 Y HA SIDO MODIFICADO POSTERIORMENTE POR EL REAL DECRETO 628/2022 (MODIFICACIONES PUNTUALES).

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