Resumen de norma

BOE-A-2005-9061

Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Illes Balears.

**NUEVA LEY** —La Ley de las Illes Balears regula de forma integral la prevención, asistencia, rehabilitación e incorporación social en materia de drogodependencias y otras adicciones, incluidas las conductas adictivas como el juego patológico y el tabaquismo, aunque excluye el alcohol, que se rige por su normativa específica; se aplica en todo el territorio balear y coordina la actuación del Gobierno autonómico, los consejos insulares, los municipios, los servicios sanitarios y sociales y las entidades privadas, garantizando a las personas usuarias información, confidencialidad, atención adecuada, tratamiento voluntario, igualdad y respeto, con especial protección de los menores. La norma prioriza la prevención, la educación para la salud, la investigación, la formación, los programas comunitarios, laborales y penitenciarios, la atención integral mediante una red pública y centros autorizados, la reinserción social y la creación del Observatorio de Drogas y otras Adicciones; establece límites a la publicidad, venta y consumo de tabaco, medidas contra el juego patológico y el uso indebido de determinadas sustancias, distribuye competencias, crea órganos de coordinación y regula el Plan de actuaciones sobre drogodependencias de las Illes Balears, además de fijar un régimen sancionador con multas de hasta un millón de euros, medidas cautelares, suspensión o clausura de establecimientos y reglas de prescripción. La ley consta de 60 artículos, cuatro disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y dos finales, y **DEROGA LAS DISPOSICIONES DE IGUAL O INFERIOR RANGO QUE SEAN CONTRARIAS A ELLA**, sin modificar expresamente ninguna ley concreta.

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