Resumen de norma

BOE-A-2004-14532

Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

El Real Decreto aprueba un nuevo Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) para consolidar y clarificar la normativa vigente, mejorar la seguridad jurídica y adaptar remisiones y numeración; sustituye al Real Decreto 326/1999 y reproduce y actualiza determinadas disposiciones reglamentarias. El texto (artículo único, dos disposiciones adicionales, una derogatoria y una final) contiene 24 artículos agrupados en cinco capítulos: I) normas sobre rentas obtenidas mediante establecimiento permanente (definición, imputación de ingresos y gastos, requisitos de organización, denominación y NIF de cada EP); II) régimen de rentas obtenidas sin establecimiento permanente (determinación de la base imponible, deducciones admisibles y obligaciones formales y de registro); III) pagos a cuenta y retenciones (sujetos obligados, ampliación de obligados —p. ej. representantes de gestoras— bases de cálculo, reglas sobre rentas en especie, obligaciones trimestrales y anual de declaración, plazos, devoluciones y regla especial del 3 % en transmisiones de inmuebles de no residentes); IV) gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes (sujeto, devengo a 31 de diciembre, presentación en enero, criterios para excluir inmuebles afectos a una explotación económica mediante tests de valor y de volumen y modelos que fijará el Ministro); y V) régimen opcional para contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la UE (condiciones de acceso, cálculo del impuesto por la Administración, procedimiento y devoluciones). El Reglamento incorpora reglas sobre la comercialización transfronteriza de instituciones de inversión colectiva, acreditación de residencia para exenciones (fondos de pensiones, OICVM/AIF), procedimientos de borrador de declaración y de comunicación de cambios de residencia, habilita al Ministro para desarrollar modelos y procedimientos, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE tras su adopción con informe del Consejo de Estado y acuerdo del Consejo de Ministros el 30 de julio de 2004 (promulgado en Palma de Mallorca). NO ES UNA NUEVA LEY, SINO QUE APRUEBA UN NUEVO REGLAMENTO QUE DEROGA EL REAL DECRETO 326/1999 Y ADAPTA/RENUMERA REMISIONES A DIVERSAS NORMAS Y REGLAMENTOS (entre otros: Ley 46/2002; Ley 58/2003; Ley 35/2003; Real Decreto 1496/2003; Real Decreto 1629/1991; Real Decreto 1309/2005; Real Decreto 439/2007; Real Decreto 1777/2004; Real Decreto 960/2013; Real Decreto 633/2015).

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