Resumen de norma

BOE-A-2003-9336

Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears.

NUEVA LEY: SUSTITUYE Y DEROGA LA LEY 4/1992, DE 15 DE JULIO, DEL SERVICIO BALEAR DE LA SALUD. La Ley de Salud de las Illes Balears regula de forma integral la protección de la salud en la comunidad: define un sistema sanitario público, universal, gratuito y solidario que abarca promoción, prevención, asistencia, rehabilitación, docencia, investigación y evaluación de la calidad; garantiza derechos de las personas (acceso a la atención, información comprensible, consentimiento informado, confidencialidad, acceso a la historia clínica, protección de colectivos vulnerables, derechos materno‑infantiles y de salud mental) y establece deberes de los usuarios; organiza el Servei de Salut de les Illes Balears como ente público autónomo con órganos de dirección y gestión, un sistema asistencial por niveles (atención primaria como primer contacto, atención especializada/hospitalaria y urgencias), y colaboración con la iniciativa privada preferentemente mediante conciertos; fija la ordenación territorial en áreas, sectores y zonas básicas de salud (cada área con hospital público), y sitúa al Plan de Salud como instrumento estratégico vinculante para la planificación y financiación. Además crea y regula órganos de participación ciudadana y profesionales (Consejo de Salud, consejos de área/zona), prevé la figura del defensor de los usuarios, asigna competencias a gobierno, entes insulares y municipios, regula la función inspectora y un régimen sancionador con clasificaciones y medidas cautelares para garantizar el cumplimiento, y establece normas sobre formación, investigación, salud pública, salud ambiental y salud laboral; incluye disposiciones sobre financiación, estatuto y organización interna del Servei de Salut, medidas transitorias y la normalización del uso del catalán en centros y documentación.

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)