Resumen de norma

BOE-A-2003-7873

Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears.

**NUEVA LEY**, que **DEROGA LA LEY 3/2000, DE 20 DE MARZO, DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE LAS ILLES BALEARS**, y cuya regulación de la Agencia de Calidad Universitaria fue modificada posteriormente por la **LEY 6/2023**; la norma refuerza el sistema universitario balear como servicio público, respetando la autonomía de la Universidad de las Illes Balears (UIB) y promoviendo la calidad, la innovación, la financiación suficiente, la coordinación y la rendición de cuentas, para lo que regula el Consejo Social como órgano de participación de la sociedad en la planificación, supervisión económica, calidad, investigación, empleo, sostenibilidad y relación de la Universidad con su entorno; reconoce la Agencia de Calidad Universitaria de las Illes Balears, independiente del Gobierno y de la UIB, encargada de evaluar, acreditar y certificar enseñanzas, servicios, investigación y personal universitario; y crea la Junta de Coordinación Universitaria como órgano consultivo y de coordinación entre el Gobierno, la UIB y el Consejo Social. La ley establece la composición, funciones, nombramiento, mandato y funcionamiento de estos órganos, garantiza al Consejo Social un presupuesto propio, regula la colaboración universitaria con los centros sanitarios públicos para la formación práctica en ciencias de la salud, fija los plazos para constituir los órganos y aprobar sus reglamentos, habilita al Gobierno autonómico para desarrollar la Agencia y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOIB.

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