Resumen de norma

BOE-A-2003-15483

Real Decreto 1054/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada parcial o totalmente deshidratada destinados a la alimentación humana.

NUEVO REAL DECRETO QUE SUSTITUYE Y DEROGA LAS ÓRDENES DE 7-10-1983 (LECHE EVAPORADA), 25-10-1983 (LECHE CONDENSADA) Y 23-11-1984 (LECHE EN POLVO): establece la Norma de calidad para determinados tipos de leche conservada, parcial o totalmente deshidratada, incorporando la Directiva 2001/114/CE al derecho español; define las denominaciones (leche evaporada sin azúcar, leche condensada con sacarosa y leches en polvo), los requisitos mínimos de materia grasa y de extracto seco por tipos (evaporadas, condensadas y polvos en sus variantes rica, entera, parcialmente desnatada, semidesnatada y desnatada), límites de humedad para polvos (≤5 %) y la posibilidad de ajustes tecnológicos autorizados (ajuste del contenido proteico con derivado lácteo, reducción de lactosa mediante conversión indicada expresamente en el envase, adición autorizada de lactosa en condensadas hasta 0,03 %), además de admitir vitaminas, minerales, enzimas y aditivos conforme a la normativa comunitaria; excluye de su ámbito las leches en polvo para menores de 12 meses, que siguen rigiéndose por el Real Decreto 72/1998; impone obligaciones de etiquetado (denominación reservada, indicación del porcentaje de materia grasa y del extracto seco magro junto a la denominación, recomendaciones de reconstitución y la leyenda “no recomendado para lactantes menores de 12 meses” en polvos, y posibilidad de trasladar información en envases individuales <20 g), permite la comercialización de productos conformes a la normativa anterior hasta el 17 de julio de 2004 y la venta hasta agotar existencias de los ya etiquetados antes de esa fecha, habilita a los ministros competentes para dictar normas de desarrollo y actualización según cambios comunitarios, y entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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