La presente LEY DEL GOBIERNO establece que el Presidente del Gobierno tiene la responsabilidad de dirigir y coordinar las acciones del Gobierno, especialmente en política exterior, respaldado por el recién creado Consejo de Política Exterior, que lo asesorará y apoyará en estas funciones. Esta ley se enmarca dentro de la modificación de la Ley 50/1997 y establece la composición del Consejo, que incluye a las Vicepresidencias, Ministras y Ministros, y la secretaría será asumida por el responsable del Departamento de Asuntos Exteriores. Entre sus funciones, el Consejo deberá analizar cuestiones de política exterior, coordinar acciones entre ministerios y presentar un Informe Anual al Congreso sobre la acción exterior del Estado. Asimismo, se crea el Consejo Ejecutivo de Política Exterior, integrado en el Consejo, que estará presidido por el Ministro de Asuntos Exteriores y conformado por representantes de cada departamento. La aplicación de esta ley empezará al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
BOE-A-2000-13864