Resumen de norma

BOE-A-1998-23284

Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Esta Ley crea un marco único y moderno para regular los hidrocarburos (líquidos y gaseosos) en toda España, promoviendo la liberalización de actividades (exploración, investigación y explotación de yacimientos; refino; transporte; almacenamiento; distribución y comercialización, incluidos GLP y gases por canalización), reconociendo y protegiendo la iniciativa privada, garantizando la seguridad y continuidad del suministro y fijando obligaciones de información y protección ambiental; establece los regímenes de autorizaciones, permisos y concesiones (con obligaciones de garantías, seguros y desmantelamiento), procedimientos de planificación obligatoria para infraestructuras esenciales, acceso a instalaciones de transporte y almacenamiento a terceros en condiciones no discriminatorias y con publicación de condiciones y precios, separación contable y en muchos casos funcional/jurídica entre actividad de transporte/gestión de red y actividades de producción/comercialización (con figuras como gestor técnico del sistema, gestores independientes y operador del mercado organizado), un sistema retributivo mediante peajes, cánones y cargos que supervisa la autoridad reguladora, reglas para tarifas de último recurso y protección de consumidores (derecho a elegir suministrador, información clara, facilidades para reclamaciones), exigencia de existencias mínimas estratégicas y operativas gestionadas por la Corporación de Reservas, medidas y potestades para actuar en emergencias, un régimen sancionador para incumplimientos (leves, graves y muy graves) y mecanismos de inspección y ejecución, así como normas sobre ocupación del dominio público, expropiaciones y servidumbres para instalaciones de interés público; en conjunto busca homogeneizar competencias del Estado y las Comunidades Autónomas, facilitar la competencia y la transparencia del mercado energético y proteger el interés general y el medio ambiente. NUEVA LEY (SUSTITUYE / DEROGA O MODIFICA): LEY 21/1974 (investigación y explotación de hidrocarburos), LEY 10/1987 (combustibles gaseosos), LEY 34/1992 (ordenación del sector petrolero), ARTÍCULOS 25–29 DEL REAL DECRETO‑LEY 7/1996, ART. 86.3 DE LA LEY 7/1985, y LOS ARTÍCULOS 6, 7 Y 8 DE LA LEY 54/1997, así como cuantas normas contradigan su contenido.

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