La presente ley es una NUEVA LEY que establece un marco regulador unificado para las retribuciones de los funcionarios civiles y militares destinados en el extranjero, derogando las leyes anteriores como el Real Decreto 1404/1986 y su modificación de 1988, y el Real Decreto 1239/1988, además de otros reglamentos relacionados. Su aplicación abarca la regulación de retribuciones, indemnizaciones y condiciones específicas para el personal en misiones diplomáticas y representaciones internacionales, asegurando que reciban indemnizaciones por poder adquisitivo y calidad de vida, así como otras compensaciones relacionadas con su trabajo y educación de hijos en el extranjero. Las retribuciones se calcularán en pesetas y podrán pagarse en divisas, con condiciones específicas para la actualización de indemnizaciones y el aumento de retribuciones. La ley entró en vigor el día siguiente de su publicación en el BOE y tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 1995.
BOE-A-1995-2730