Resumen de norma

BOE-A-1992-28925

Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.

NUEVA NORMA REGLAMENTARIA: el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), desarrolla la Ley 37/1992 y adapta sus procedimientos a las normas comunitarias sobre operaciones intracomunitarias, exenciones, facturación, obligaciones contables, declaraciones, deducciones, devoluciones, regímenes especiales, liquidación, control e intercambio de información tributaria; además, MODIFICA las siguientes normas: 1) el Real Decreto 1041/1990, sobre declaraciones censales; 2) el Real Decreto 338/1990, sobre el número de identificación fiscal y la identificación a efectos del IVA; 3) el Real Decreto 2402/1985, sobre la obligación de expedir, entregar y conservar facturas; y 4) el Real Decreto 1326/1987, sobre asistencia e intercambio de información tributaria con otros Estados; asimismo, designa a la Agencia Estatal de Administración Tributaria como autoridad competente en estas materias, extiende determinadas reglas al IGIC, incorpora la corrección de errores publicada en el BOE y DEROGA el Real Decreto 2028/1985 y las disposiciones reglamentarias del IVA incompatibles con él, con entrada en vigor el 1 de enero de 1993.

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