Resumen de norma

BOE-A-1992-18325

Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo.

Este texto regula y consolida las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo: reconoce derecho a pensión, a favor del propio lesionado o de sus familiares (cónyuge/pareja, hijos y, en defecto, padres dependientes), cuando la víctima queda incapacitada por lesiones permanentes invalidantes o fallece sin ser responsable del atentado, incluyendo a personal del Régimen de Clases Pasivas o jubilados/retirados cuya anterior condición de funcionario guarde relación causal con el hecho; también cubre a quienes no tengan derecho en ningún régimen público de la Seguridad Social. Establece cuantías (mínimo el doble del Salario Mínimo Interprofesional, con dos pagas extraordinarias) y reglas de reparto entre beneficiarios, cálculo en determinados supuestos (hasta 200% de la pensión reguladora del causante), compatibilidades e incompatibilidades (no son acumulables con otras pensiones por la misma causa), derecho a asistencia sanitaria y a servicios sociales equivalentes a los pensionistas del Régimen General, y la exención de estas pensiones de los límites máximos aplicables a otras pensiones públicas; fija además que la apertura de un expediente de averiguación por el Ministerio del Interior o de Defensa que acredite la relación causal es requisito previo y detalla el procedimiento administrativo y los órganos gestores y pagadores (Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas —hoy INSS según Ley 22/2021—, Dirección General del Tesoro y Delegados Provinciales), los efectos económicos y su retroactividad (Título I desde 1/1/1987; Título II desde 1/1/1992, con plazo de un año para solicitar retroactividad), la financiación a cargo del Presupuesto del Estado cuando proceda y la delegación en los respectivos ministros para dictar normas de desarrollo. MODIFICA Y DESARROLLA NORMAS PREEXISTENTES: Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas (Real Decreto Legislativo 670/1987), Ley 9/1977, Real Decreto‑ley 19/1981, Ley 33/1987 (art. 64), Ley 4/1990 (disposición adicional decimosexta), Ley 31/1991 (disposición adicional vigésima octava) y reglamentos y reales decretos asociados (entre ellos el Real Decreto 1576/1990 y sus modificaciones posteriores, así como disposiciones posteriores que afectan a competencias como Real Decreto‑ley 15/2020 y real decreto 497/2020).

Consultar el texto consolidado oficial en el BOEIdentificador europeo de legislación (ELI)