Se promulga UNA NUEVA LEY que ratifica la adhesión de España a la Convención de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacional de mercaderías, firmada en Viena en 1980, que establece un marco legal para facilitar el comercio internacional, asegurando normas uniformes para los contratos de compraventa entre partes de diferentes estados y respetando la diversidad de sus sistemas legales. La ley detalla aspectos como el ámbito de aplicación de la convención, las obligaciones y derechos tanto del vendedor como del comprador, las excepciones, la formación del contrato, la entrega de mercaderías y la responsabilidad en caso de incumplimiento, así como los procedimientos para resolver conflictos y reclamar indemnizaciones. Además, establece directrices sobre la transmisión de riesgos y las consecuencias del incumplimiento contractual, integrando principios que buscan promover el desarrollo del comercio internacional y la buena fe entre las partes. La aprobación de esta ley implica la derogación de normativas anteriores incompatibles, marcando un avance en la regulación del comercio internacional en España.
BOE-A-1991-2552