Se aprueba una NUEVA LEY que establece el "Ordenamiento General de Precedencias en el Estado", regulando el orden de precedencia de autoridades, instituciones y personalidades en actos oficiales, destacando la importancia de adaptarse a la estructura constitucional y reconociendo la labor de las Comunidades Autónomas. Esta normativa, que deroga el Decreto 1483/1968 y el Decreto 2622/1970, organiza las precedencias en tres niveles: individual, departamental y colegiado, y establece la Jefatura de Protocolo del Estado como responsable de su aplicación. Además, clasifica los actos administrativos, define el orden de precedencia en Madrid y en Comunidades Autónomas, y contempla la colaboración con entidades nacionales e internacionales para un protocolo adecuado. La ley también resalta la importancia de la transparencia y el acceso a la información pública. La ley fue promulgada por el Rey Juan Carlos R. y el Presidente Felipe González Márquez, el 4 de agosto de 1983.
BOE-A-1983-21534