Resumen de norma

BOE-A-1957-11398

Decreto de 26 de julio de 1957 sobre Industrias y Trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos o insalubres.

ES UN DECRETO (DE 26 DE JULIO DE 1957) QUE DEROGA Y SUSTITUYE NORMAS ANTERIORES: DEROGA EL DECRETO DE 25 DE ENERO DE 1908; SUS DISPOSICIONES RELATIVAS AL TRABAJO DE LAS MUJERES FUERON POSTERIORMENTE DEROGADAS POR LA LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE; ADEMÁS, EL DECRETO 258/1962 (QUE HABÍA DECLARADO LA VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO RESPECTO DEL TRABAJO FEMENINO) FUE DEROGADO POR EL DECRETO 2310/1970. El texto prohíbe que las mujeres, cualquiera que sea su edad, y los varones menores de 18 años realicen determinadas actividades e industrias peligrosas (relación primera y segunda del anexo) y en particular trabajos con máquinas en movimiento (engrase, limpieza, reparación), manejo de prensas, guillotinas, sierras, taladros y cualquier máquina con riesgo marcado salvo que exista protección total, trabajos a más de cuatro metros sin piso continuo y protegido, tareas que supongan esfuerzo físico excesivo o perjudiquen la salud por la situación personal del trabajador, y transporte o manipulación de cargas que excedan los límites fijados; cuando la prohibición se base en vapores, polvos tóxicos o riesgo de incendio/explosión, se prohíbe también la permanencia en los locales. Las Inspecciones Provinciales de Trabajo valorarán aplicación y excepciones (apartados b–e) y pueden autorizar contrataciones de menores de 18 años o mujeres menores de 21 mediante contrato de aprendizaje o trabajos adaptados que garanticen salud y seguridad; el Ministerio de Trabajo, a propuesta de la Dirección General, puede ampliar, suspender o modular las prohibiciones según nueva información técnica o mejoras de seguridad. Los trabajadores afectados en la fecha de publicación deben ser trasladados dentro de la misma empresa a puestos no comprendidos en las prohibiciones sin perjuicio económico; si el traslado es imposible, la Inspección podrá autorizar la continuidad mientras siga el contrato. Se corrigen erratas publicadas en el BOE y quedan recogidas en las relaciones primera y segunda las actividades prohibidas.

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